Canon y sobrecanon:
El canon petrolero, es un parte de los ingresos que se distribuyen a los gobiernos regionales, locales y algunas instituciones educativas ubicadas en las zonas petroleras, de los ingresos que el Estado recibe por la explotación económica del petróleo. De igual forma, se ha establecido el sobrecanon, que no es más que una tasa adicional de aporte sobre el canon. Para establecer la forma y modo en que el Gobierno Central distribuye el canon y sobrecanon petrolero existen normas, algunas de ellas específicas para las regiones en las que se produce petróleo como Piura, Loreto, Tumbes y Ucayali. El canon y sobre canon petrolero son importantes montos que deben ser usados, fundamentalmente, para mejorar la calidad de vida de la población.
En el caso del gas natural, se le llama Canon Gasífero. Es la participación de la que gozan los gobiernos regionales y locales de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos gasíferos.
El canon gasífero se estableció a raíz de la entrada en operación de Camisea. Es así que actualmente la única región que recibe Canon Gasífero es la región Cusco, debido a los importantes volúmenes producidos en el yacimiento de Camisea. Si bien existen otros lotes donde se produce gas natural desde antes de la entrada en operación de Camisea, la ley dispuso que la producción de dichos lotes se considerado como canon petrolero.